La responsabilidad final y la autoridad fundamental de los servicios mundiales de AA deben
siempre residir en la conciencia colectiva de toda nuestra Comunidad.
Cuando en 1995, los grupos de AA confirmaron la Carta Constitutiva de su Conferencia de
Servicios Generales, ellos por consiguiente delegaron en la Conferencia la autoridad total
para el mantenimiento activo de nuestros servicios mundiales y en consecuencia convirtieron
la Conferencia en la voz verdadera y en la conciencia efectiva de toda nuestra Sociedad excepto
en lo concerniente a cualquier cambio en las Doce Tradiciones o en el Artículo 12 de la Carta de
la Conferencia.
Como una manera tradicional de crear y mantener una relación de trabajo claramente definida
entre los Grupos, la Conferencia, la Junta de Servicios Generales de AA y sus distintas Corporaciones
de servicio, personal directivo, comités y ejecutivos, y de este modo asegurar su dirección eficaz,
se sugiere aquí que nosotros dotemos a cada uno de estos elementos de servicio mundial con un
"Derecho de Decisión" tradicional.
Por toda la estructura de nuestra Conferencia, nosotros debemos mantener a todos los niveles
de responsabilidad, un "Derecho de Participación" tradicional, poniendo cuidado a cada
clasificación o grupo de nuestros servidores mundiales le sea permitida una representación
con voto, en proporción razonable a la responsabilidad que cada uno tenga que desempeñar.
En toda nuestra estructura de servicio mundial, un "Derecho de Apelación" debe prevalecer,
asegurándonos así que la opción de la minoría será oída, y que las peticiones de rectificación
de los agravios personales serán considerados cuidadosamente.
En nombre de AA como un todo, nuestra Conferencia de Servicios Generales tiene la
responsabilidad principal del mantenimiento de nuestros servicios mundiales y tradicionalmente
tiene la decisión final respecto a grandes asuntos de política general y de finanzas. Pero la
Conferencia reconoce también que la principal iniciativa y la responsabilidad en la mayoría de
estos asuntos, deben ser ejercidas en primer lugar por los Custodios, cuando actúan como Junta
de Servicios Generales de Alcohólicos Anónimos.
La Conferencia reconoce que el Acta de Constitución y los Estatutos de la Junta de Servicios
Generales son instrumentos legales; que los Custodios están por consiguiente totalmente autorizados
para gobernar y dirigir todos los asuntos del servicio mundial de Alcohólicos Anónimos. Se entiende
además, que el Acta de la Conferencia en sí no es un instrumento legal; más aún, que se apoya en
la fuerza de la tradición y en la fortaleza de las finanzas de AA para su efectividad en último
término.
Los Custodios de la Junta de Servicios Generales actúan en dos calidades básicas:
Con respecto a los amplios asuntos de la política general y las finanzas. Son los que
principalmente planean y administran. Ellos y sus comités primarios básicos manejan directamente
estos asuntos.
Pero en lo referente a nuestros servicios, los Custodios ejercen una función de supervisión
administrativa por medio de su facultad de elegir a todos los directores.
Buenos directores de servicio, conjuntamente con métodos adecuados oportunos y sólidos
para escogerlos, son indispensables, a todos los niveles para nuestro funcionamiento y seguridad
en el futuro. La dirección básica del servicio mundial que una vez ejercieron los fundadores de
AA tiene que ser asumida por los Custodios de la Junta de Servicios Generales de
Alcohólicos Anónimos.
A cada responsabilidad de servicio debe corresponder una autoridad de servicio igual. El
alcance de tal autoridad debe ser siempre bien definido, ya sea por la tradición, por resolución,
por descripción específica del trabajo o por estatutos y reglamentos apropiados.
Aunque los Custodios tienen la responsabilidad final de la administración de servicio mundial
de AA ellos siempre deberán recibir la asistencia de los mejores comités permanentes, de los
directores de las corporaciones de servicios, de los ejecutivos, del personal de oficina y
asesores, todos de la más alta competencia. Por consiguiente, la composición de estos Comités
fundamentales y de las juntas de servicios, las cualidades personales de sus miembros, la forma
de su incorporación, el servicio, los sistemas de rotación...
...la manera en que se relacionan unos con otros, los derechos específicos y las obligaciones
de nuestros ejecutivos, empleados y concejeros, todo esto unido con una base correcta para la
remuneración financiera de los trabajadores especiales, serán siempre asuntos de verdadero
interés y cuidado.
Garantías generales de la Conferencia: En todos sus procedimientos, la Conferencia de
Servicios Generales cumplirá con el espíritu de las Tradiciones de AA, teniendo especial
cuidado de que la conferencia nunca se convierta en sede de peligrosa riqueza o poder; que
fondos suficientes para su funcionamiento, más una reserva adecuada, sean su prudente principio
financiero; que ninguno de los miembros de la Conferencia sea nunca colocado en posición de
autoridad sobre ninguno de los otros; que todas las decisiones importantes sean alcanzadas por
discusión, votación y, siempre que sea posible, por unanimidad; que ninguna acción de la
Conferencia sea punitiva a personas, o a una incitación a controversia pública; que, aunque
la Conferencia pueda actuar al servicio de Alcohólicos Anónimos, ella nunca deberá realizar
ninguna acción de gobierno, y así como la Sociedad de Alcohólicos Anónimos, a la cual sirve,
la Conferencia en sí misma siempre permanecerá democrática en pensamiento y acción.